1. ¿Cuál es el salario mínimo actual? ¿Cuál es el salario mínimo actual?
7,25 dólares por hora.
2. Soy un empleado con propinas. ¿Puede mi empleador pagarme menos del salario mínimo?
Si gana 30,00 dólares al mes o más en propinas, el empleador puede pagar hasta 4,35 dólares por hora. Si en cualquier semana de trabajo el salario que le paga el empleador y las propinas que recibe no promedian al menos 7,25 dólares por hora, el empleador está obligado a pagar la diferencia.
3. ¿Puede un empleador pagar menos del salario mínimo durante los primeros 90 días de trabajo de un nuevo empleado?
Sí. Un empleador de Iowa puede pagar un «salario inicial de empleo» de 6,35 dólares por hora durante los primeros 90 días. El «salario inicial de empleo» de Iowa no es lo mismo que el «salario de formación» federal que permite pagar a ciertos empleados menos del salario mínimo. Puede obtener información sobre el «salario de formación» federal poniéndose en contacto con la oficina de Salarios y Horas del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos en el 515-284-4625.
4. Si pago a un empleado de Iowa el «salario de empleo inicial» durante 90 días naturales, el empleado renuncia y vuelvo a contratar a este empleado más tarde, ¿puedo utilizar el «salario de empleo inicial» de nuevo?
No. El «salario de empleo inicial» de Iowa sólo se puede pagar por un total de 90 días naturales de empleo con el mismo empleador.
5. ¿Quién debe cumplir con la Ley de Salario Mínimo de Iowa?
Generalmente los empleadores que obtienen al menos $300,000.00 en ventas o negocios por año deben cumplir con la Ley de Salario Mínimo de Iowa. Algunos empleadores pueden ser requeridos por la ley para cumplir, independientemente de las ventas o el volumen de negocios. Entre ellos se encuentran los organismos públicos y las entidades de construcción. Los hospitales con y sin fines de lucro, las instituciones que cuidan a los enfermos, ancianos o enfermos mentales, las escuelas para personas mentalmente o físicamente discapacitadas o para niños superdotados, los preescolares y las escuelas primarias o secundarias también estarían obligados a cumplir.
6. ¿Qué tipo de descansos se requieren bajo la ley de Iowa?
Iowa no tiene leyes que obliguen a los descansos para comer para los adultos. Un empleador no tiene que pagarle por un descanso durante el cual usted está completamente relevado de sus deberes de trabajo. Su empleador puede requerir que usted permanezca en las instalaciones del negocio durante su descanso. Sólo los siguientes descansos son obligatorios:
- Los menores de 16 años deben tener un descanso de 30 minutos si están empleados cinco horas o más en un día.
- Todos los empleados deben tener descansos para ir al baño cuando sea necesario.
- Un contrato sindical puede requerir descansos y esos requisitos son aplicados por el sindicato.
- Ciertas otras categorías limitadas de trabajadores, como los pilotos de líneas aéreas, pueden tener derecho a descansos obligatorios bajo las regulaciones aplicables. Consulte con el organismo regulador correspondiente.
7. ¿Cuál es el número máximo de horas al día que mi empleador puede hacerme trabajar?
Para la mayoría de los empleados no hay límite en el número de horas, a menos que haya un acuerdo o contrato de trabajo que diga lo contrario. Muchos empresarios conceden pausas para descansar y comer por motivos de salud y seguridad. Hay límites en el número de horas que pueden trabajar los niños menores de 16 años, y algunos contratos de trabajo contienen límites.
8. ¿Los empleadores de Iowa están obligados a pagar a los empleados por el tiempo de enfermedad, las vacaciones o los días festivos?
Los empleadores deben seguir sus propias políticas, prácticas o contratos con respecto a los beneficios. En ausencia de tal acuerdo, estos beneficios no son requeridos.
9. Los empleadores de Iowa, ¿están obligados a dar a los empleados aumentos de sueldo?
No a menos que haya un contrato de trabajo que especifique un aumento.
10. ¿Puede un empleador cambiar mi horario, descripción de trabajo, y/o lugar de trabajo sin previo aviso?
Para la mayoría de los empleados-sí. Si usted es un empleado a voluntad, un empleador puede cambiar su horario de trabajo, lugar de trabajo, o la descripción del trabajo sin previo aviso.
11. Para la mayoría de los empleados, sí. Por lo general, tanto el empleador como el empleado pueden poner fin a la relación laboral en cualquier momento, por cualquier motivo o sin motivo alguno. Puede tener motivos para emprender acciones legales si el empleador le despide:
- por motivos de sexo, raza, color, nacionalidad, religión, edad, embarazo o discapacidad física o mental. Póngase en contacto con la Comisión de Derechos Civiles de Iowa.
- Por ciertas acciones de «denuncia», como la presentación de quejas ante la OSHA.
- En contra de un contrato de trabajo aplicable.
- Por intentar cumplir con las regulaciones gubernamentales aplicables, como los códigos de salud en los restaurantes.
12. Está obligado mi empresario a avisar cuando me despide? ¿Tengo que avisar cuando renuncio?
Generalmente el aviso no es requerido por ninguna de las partes. Sin embargo, el aviso de renuncia puede afectar a las prestaciones complementarias como las vacaciones y la baja por enfermedad.
13. ¿Cuándo debe pagarme mi empleador después de que haya renunciado o haya sido despedido?
Si deja el empleo por cualquier motivo, debe recibir el pago el siguiente día de pago programado.
14. ¿Tengo derecho a mis vacaciones no utilizadas cuando me despiden o si renuncio?
Sólo si el empleador tiene un contrato, política o procedimiento para pagar las vacaciones a los empleados que se van.
15. ¿Qué se puede deducir de mi salario?
Se pueden deducir de los salarios los elementos de la siguiente lista.
- Impuestos
- Ganancias
- Deducciones para cualquier fin lícito en beneficio del empleado si éste ha dado su autorización por escrito para la deducción (por ejemplo, seguros, 401K, pensiones, bonos y programas de ahorro).
No pueden deducirse los artículos de la siguiente lista:
- Falta de dinero en caja común.
- Pérdidas por rotura, deterioro, aceptación de cheques sin fondos e incumplimiento del crédito del cliente, excepto en ciertos casos limitados.
- Propiedad perdida o robada a menos que se cumplan ciertas condiciones.
- Equipo de protección personal en la mayoría de los casos.
Para las excepciones, véase el capítulo 91A.5 del Código de Iowa..
16. ¿Puede mi empleador exigirme el depósito directo de mi salario?
Su empleador puede exigir el depósito directo de su salario si:
- Se le contrató después del 1 de julio de 2005.
- Los costes de abrir y mantener la cuenta no hacen que su sueldo sea inferior al salario mínimo.
- No hay cargos en su cuenta por el depósito directo.
- No está cubierto por un contrato sindical que prohíba los depósitos directos obligatorios.
17. ¿Está permitido en Iowa el pago de salarios con tarjeta de débito?
Sí, si se cumplen las siguientes condiciones:
- El empleado está de acuerdo por escrito en aceptar los salarios a través de una tarjeta de débito.
- Los fondos están disponibles para el empleado en o antes de cada día de pago.
- Se le permite el acceso a todos los salarios adeudados sin una cuota o cargo. El número de transacciones gratuitas necesarias por período de pago variará en función del importe de la paga adeudada y del límite de transacciones de la tarjeta. Por ejemplo, si el límite de transacciones de la tarjeta es mayor que el importe de la paga que se debe, sólo se requiere una transacción gratuita por período de pago; si el límite de transacciones de la tarjeta es la mitad del salario que se debe, se requieren dos transacciones gratuitas por período de pago.
18. ¿Tiene mi empleador que darme un talón de pago?
Sí. Cada día de pago regular un empleador debe proporcionar al empleado una declaración que muestra:
- Las horas que el empleado trabajó.
- Los salarios ganados por el empleado.
- Las deducciones hechas de ese cheque de pago.
El estado de cuenta se proporcionará utilizando uno de los siguientes métodos:
- Enviando el estado de cuenta a un empleado por correo.
- Proporcionando el estado de cuenta a un empleado por transmisión electrónica segura u otros medios electrónicos seguros, siempre que el empleado pueda recibir bajo estos métodos. De lo contrario, el empleador debe utilizar otro método aprobado.
- Proporcionar el estado de cuenta a un empleado en el lugar normal de trabajo durante las horas normales de trabajo.
- Proporcionar a cada empleado el acceso para ver e imprimir un estado de sus ganancias electrónicamente y proporcionar acceso libre y sin restricciones a una impresora para imprimir el estado de cuenta.
Un empleador no está obligado a proporcionar información sobre las horas trabajadas para un empleado que está exento de horas extras bajo la Ley Federal, siempre y cuando el empleador no pague realmente las horas extras, una bonificación u otro pago basado en las horas trabajadas. Si las horas trabajadas afectan a la remuneración de dichos empleados, el empleador deberá proporcionar una declaración que muestre las horas trabajadas o los pagos realizados, según corresponda.
19. ¿Debe un empleador incluir información del año hasta la fecha en un recibo de pago?
No. Sólo se requiere información actual.
20. ¿Se pueden imponer sanciones a los empleadores que violen la Ley de Salarios de Iowa?
Se pueden imponer sanciones a los empleadores que violen la Ley de Salarios de Iowa.
21. ¿Qué pasa si mis cheques «rebotan» porque mi empleador no me pagó a tiempo?
Un empleador puede ser responsable por el costo de los cheques rebotados causados por la falta de pago del empleador.
22. ¿Puede un empleador enviar por correo un cheque de pago a un empleado sin el consentimiento escrito de éste?
No. Un empleador debe obtener el consentimiento escrito de un empleado antes de enviar un cheque de pago por correo. Los talones de pago pueden enviarse por correo sin el consentimiento por escrito.
23. Si los cheques de pago se distribuyen normalmente en persona, y un empleado está ausente del trabajo en el día de pago regularmente programado, ¿puede un empleador enviar el cheque de pago por correo al empleado ausente?
El empleador debe tener la autorización escrita del empleado para enviar el cheque de pago por correo.
24. ¿Qué debe incluir una autorización escrita para el pago por correo?
Lo siguiente se ofrece sólo como una sugerencia. Los empresarios deben consultar con sus propios expertos laborales.
Yo, _________________, autorizo voluntariamente a que se me remita mi nómina por correo.
Nombre ________________________________
Dirección ________________________________________
Ciudad _______________________________ Estado _________ Código postal ________
X_________________________________ Fecha ______________
25. ¿Quién tiene derecho a las horas extras y cuándo?
Si su reclamación es por falta de pago de horas extras póngase en contacto con el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos en el 515-284-4625.
26. Mi empleador no me ha pagado el salario que creo que se me debe. ¿Qué puedo hacer?
Si usted cree que se le debe un salario que no excede los $6,500.00, puede presentar un reclamo de salario con la División de Trabajo de Iowa. Imprima una reclamación salarial en inglés o español o solicite que le envíen un formulario por correo llamando al 515-725-5619. También tiene derecho a presentar su reclamación por su cuenta en los tribunales. Si su reclamo tiene que ver con el salario mínimo federal o las horas extras puede contactar al Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, División de Salarios &Horas al 515-284-4625.
27. ¿Puede un empleador requerir que los empleados compren uniformes?
El empleador puede requerir que los empleados compren uniformes. Deducir el precio de compra de los uniformes de la nómina de un empleado no está permitido si el uniforme identifica a la empresa a través de un logotipo o los colores de la empresa. La deducción de la nómina puede estar permitida si el uniforme es una prenda genérica, como una blusa blanca o unos pantalones negros.
28. ¿Me pagan por estar «de guardia»?»
El tiempo de guardia generalmente no tiene que ser compensado. Sin embargo, si las condiciones de estar de guardia hacen que sea muy difícil hacer algo personal, entonces puede haber una compensación. Todo el tiempo de trabajo que se realiza mientras se está de guardia debe ser compensado.
29. La ley salarial de Iowa y la ley federal no requieren que un empleador pague a los empleados por hora, no exentos, por el servicio de jurado; sin embargo, el salario de un empleado asalariado, exento, no puede ser reducido como resultado de la ausencia relacionada con el servicio de jurado. Muchos empleadores optan por pagar el salario de un empleado mientras está prestando servicio como jurado, y piden que el empleado firme a favor del empleador cualquier pago que el empleado reciba del tribunal por prestar servicio como jurado, lo cual es permisible bajo la ley estatal o federal.
Bajo la ley de Iowa, si un empleador tiene una política o práctica pasada de pagar a los empleados mientras están prestando servicio como jurado, el empleador debe seguir su política o práctica pasada de manera consistente y uniforme. Un empleador no está obligado a seguir pagando si comunica clara y consistentemente que ha cambiado su política o práctica.
30. ¿Tengo que dar a un empleado tiempo libre para votar?
Ver la ley de Iowa sobre esta cuestión.
31. ¿Cuál es la edad mínima para empezar a trabajar en Iowa?
Generalmente, la edad de 14 años; sin embargo, los niños pueden trabajar en los oficios de la calle (como el reparto de periódicos y la venta de caramelos) a los 10 años y en trabajos migratorios a los 12 años. Un juez puede ordenar al Comisario de Trabajo que expida un permiso de trabajo a una persona menor de 14 años. Para más información, visite la página sobre trabajo infantil.
32. ¿Puede mi empleador obligarme a asistir a una reunión, conferencia o formación sin pagarme?
Una reunión o formación directamente relacionada con un negocio particular debe ser pagada. La formación que da lugar a un certificado o licencia portátil no tiene que ser remunerada si se realiza fuera del horario de trabajo habitual y la asistencia es voluntaria.
33. La mayoría de los planes de pensiones están regulados por la Employee Benefits Security Administration (Administración de Seguridad de los Beneficios de los Empleados) del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. Para contactar con esta oficina, llame al 866-444-3272.
34. ¿Puede mi empleador obligarme a realizar una prueba de drogas?
La información sobre la ley de pruebas de drogas de Iowa se puede obtener aquí:
Oficina del Gobernador para el Control de Drogas en el 515-725-0300.