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¿Se ha preguntado por qué la ley sobre el aborto en la India, es decir, la Ley de Interrupción Médica del Embarazo (MTP) de 1971, no utiliza la palabra ‘aborto’? ¿Hubo alguna razón para que los legisladores eligieran la frase «interrupción médica del embarazo» en lugar del término coloquialmente reconocido «abortos»?

Aunque algunos atribuyen la curiosa elección de las palabras al resabio colonial de utilizar una jerga técnica en las leyes, la verdadera razón es otra. El uso previsto del término «interrupción médica del embarazo» tiene como objetivo garantizar que las leyes sobre el aborto en el país no se enmarcan en la concesión a las mujeres de una opción o un derecho a someterse a abortos seguros, sino como procedimientos para proteger a los médicos contra la persecución por llevar a cabo abortos. Este blog explica cómo.

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Historia de la Ley MTP

El debate sobre la necesidad de una ley de aborto en la India comenzó en la década de 1960, alrededor de cuando el gobierno creó el Comité Shantilal Shah para evaluar si era necesaria una ley de aborto en el país. En aquella época, los abortos eran estrictamente ilegales, según el artículo 312 del Código Penal indio de 1860, y «provocar el aborto» de una mujer era un delito castigado con penas de prisión de hasta tres años y/o una multa.

El Comité llevó a cabo una revisión de los aspectos legales, médicos y socioculturales del aborto y recomendó la legalización del mismo y una ley de atención integral al aborto. Las recomendaciones del Comité condujeron finalmente a la aprobación de la Ley MTP de 1971, que sólo permite la interrupción médica del embarazo.

Sin embargo, incluso cuando se introdujo la Ley MTP, no se anularon las disposiciones penales. La ley sobre la «provocación de abortos» continúa como está y las penas siguen siendo las mismas, es decir, prisión y/o multa.

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Ausencia de opciones para las mujeres en la ley actual

En contradicción con la propuesta del Comité Shantilal Shah de atención integral al aborto para las mujeres, la Ley MTP tiene pocas protecciones para las mujeres y más disposiciones para la protección de los médicos que realizan interrupciones médicas.

La mayoría de las secciones de la Ley MTP comienzan con «A pesar de cualquier cosa contenida en el Código Penal de la India…», lo que significa claramente que se trata más de una protección para los médicos que realizan «interrupciones médicas» que de una atención integral del aborto para las mujeres, como el Comité había anunciado originalmente. Esta elección particular de palabras en la ley tiene como objetivo no mantener la disposición penal intacta para proteger a los médicos de los procesos penales.

Además, la formulación de la Sección 3 de la Ley MTP, que basa la decisión de someterse a una interrupción médica únicamente en la opinión del médico, también apunta a la falta de autonomía de las mujeres.

Según la Sección, si el embarazo no ha completado las 12 semanas, un médico tiene que opinar que es necesaria una interrupción médica, y si el embarazo está entre las 12 y las 20 semanas, dos médicos tienen que compartir esa opinión. Sólo pueden llevar a cabo la interrupción si existe un riesgo sustancial para el bienestar físico o mental de la mujer embarazada o si tienen razones para creer que el niño que va a nacer va a ser discapacitado física o mentalmente.

Así, aunque esta disposición hace que el aborto sea legal hasta cierto punto, la decisión de concederlo sólo depende de la opinión del médico. Esta opinión va más allá del diagnóstico médico sobre si la mujer puede abortar, ya que los médicos ejercen su opinión sobre si debe abortar. En lugar de dar a las mujeres el derecho a elegir y acceder a abortos seguros, esta disposición las despoja de la facultad de decidir sobre su propio cuerpo.

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A pesar de los casos emblemáticos en los que se ha decidido a favor de la elección, no se ha modificado la ley

En casos emblemáticos como el de Suchita Srivastava contra la Administración de Chandigarh y el de Devika Biswas contra la Unión de la India, el Tribunal Supremo ha considerado que la autonomía reproductiva de la mujer es su derecho fundamental a la intimidad, y ha dicho que la decisión de tener o no tener un hijo debe ser sólo suya, sin intervención del Estado. Sin embargo, hasta el momento, no se ha producido ningún cambio visible en la Ley MTP para hacer efectivas estas sentencias.

Se ha propuesto una enmienda que aumentaría el límite superior en la solicitud de abortos a las 24 semanas, pero ninguna de las disposiciones del proyecto de enmienda hace referencia a la concesión de autonomía o agencia a las mujeres sobre sus propios cuerpos en cuanto a la toma de su decisión de abortar.

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Necesidad de autonomía

Salvo complicaciones médicas, la decisión de tener o no un hijo debe recaer exclusivamente en la mujer embarazada. Un embarazo no deseado puede obligar a las mujeres a acceder a abortos inseguros que podrían causar graves daños físicos y mentales o incluso la muerte.

Las acciones del Estado deben limitarse a proporcionar una atención integral y segura del aborto junto con otros servicios de salud sexual y reproductiva. Más allá de eso, cualquier intervención en cuestiones de elección no sólo va en contra de los principios de igualdad, sino que también infringe el derecho fundamental a la privacidad de las mujeres.

Shonottra Kumar es investigadora de Nyaaya, una iniciativa del Vidhi Centre for Legal Policy. Las opiniones son personales.

Este artículo fue publicado por primera vez por el Vidhi Centre for Legal Policy.

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