La Ley de Asistencia Asequible (PPACA) prohíbe que los planes de salud pongan un límite de dinero de por vida a la mayoría de las prestaciones que usted recibe. La ley también restringe y elimina gradualmente los límites anuales en dólares que un plan de salud puede poner en la mayoría de sus beneficios – y elimina estos límites por completo en 2014.

Antes de la promulgación de la PPACA, muchos planes de salud establecían un límite en dólares en sus gastos anuales para sus beneficios cubiertos, llamado límite anual. La mayoría de los planes también establecían un límite en dólares sobre lo que gastarían en sus beneficios cubiertos durante todo el tiempo que usted estuviera inscrito en ese plan, llamado límite de por vida. Usted debía pagar el coste de toda la atención que superara tanto el límite anual como el límite de por vida.

De acuerdo con la PPACA, los límites de por vida en la mayoría de las prestaciones están prohibidos en cualquier plan de salud o póliza de seguro emitida o renovada a partir del 23 de septiembre de 2010.

La PPACA restringe y elimina gradualmente los límites anuales en dólares que todos los planes relacionados con el trabajo, y los planes de seguro médico individual emitidos después del 23 de marzo de 2010, pueden poner en la mayoría de las prestaciones sanitarias cubiertas. En concreto, la ley dice que ninguno de estos planes puede establecer un límite anual en dólares inferior a:

  • 750.000 dólares: para un año del plan o año de la póliza que comience a partir del 23 de septiembre de 2010 pero antes del 23 de septiembre de 2011.
  • 1,25 millones de dólares: para un año del plan o año de la póliza que comience a partir del 23 de septiembre de 2011 pero antes del 23 de septiembre de 2012.
  • 2 millones de dólares: para un año del plan o año de la póliza que comience a partir del 23 de septiembre de 2012 pero antes del 1 de enero de 2014.

No se permiten límites anuales en dólares en la mayoría de las prestaciones cubiertas a partir del 1 de enero de 2014.

Detalles importantes

Los planes pueden poner un límite anual en dólares y un límite vitalicio en dólares al gasto en servicios de atención médica que no se consideran «esenciales».

Si las nuevas normas se aplican a su plan, le afectarán en cuanto comience un nuevo año del plan o año de la póliza a partir del 23 de septiembre de 2010. (Por ejemplo, si su póliza tiene un año del plan de calendario, las nuevas normas se aplicarían a su cobertura a partir del 1 de enero de 2011).

Si tiene una póliza de seguro de salud individual «con derechos adquiridos», su plan de salud no está obligado a seguir las nuevas normas sobre los límites anuales. (Una póliza de seguro de salud individual con derechos adquiridos es un plan que usted compró para usted o su familia; que no recibió a través de su empleador; y que fue emitido en o antes del 23 de marzo de 2010). Si no está seguro de si su plan tiene derechos adquiridos, pregunte a su compañía de seguros.

La prohibición de los límites de por vida en dólares para la mayoría de los beneficios cubiertos se aplica a todos los planes de salud, ya sea que compre la cobertura para usted o su familia, o que reciba la cobertura a través de su empleador.

Algunos planes pueden ser elegibles para una exención de las normas relativas a los límites anuales en dólares, pero sólo si el cumplimiento del límite significaría una disminución significativa de su cobertura de beneficios o un aumento significativo de sus primas.

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