El impacto del EAR y el ITAR en Europa
Estados Unidos controla cómo se comercializan sus productos en todo el mundo. La ley estadounidense sigue a las mercancías, por así decirlo, y, por lo tanto, una empresa no necesita estar ubicada en Estados Unidos para estar sujeta a los controles de exportación estadounidenses. El Gobierno de EE.UU. reclama la aplicación en todo el mundo de las leyes de control de las exportaciones de EE.UU. (extraterritorialidad) y trata de sancionar a quienes las infringen, independientemente de su ubicación. Según el ITAR o el EAR, las empresas no estadounidenses deben obtener la aprobación previa del Gobierno de EE.UU. para cualquier reexportación de materiales o tecnología sensibles. Además, los productos fabricados fuera de EE.UU. también pueden estar sujetos a los controles comerciales de EE.UU. si el artículo final es de naturaleza sensible y se basa en, o se deriva de, tecnología sensible de origen estadounidense.
En virtud de las EAR, una reexportación se clasifica como un artículo controlado que se envía o transfiere de un país (fuera de EE.UU.) a otro. El EAR aplica una regla de minimis para identificar si un artículo está controlado, que también se aplica a las empresas no estadounidenses que están fabricando bienes con materiales originarios de Estados Unidos. En general, esto significa que los bienes con una proporción de componentes críticos estadounidenses del 25% o más, sobre la base del valor (umbral de minimis), están sujetos a las EAR. Existen las siguientes excepciones.
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El umbral de minimis baja al 10% para los destinos de la lista de estados patrocinadores del terrorismo (grupo de países E:1).
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El umbral es incluso inferior al 10% para determinados envíos a Irán.
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También se aplican normas especiales a determinadas tecnologías de cifrado y ordenadores de alta potencia.
La norma de minimis se aplica sólo a las exportaciones y reexportaciones de productos de doble uso. No hay norma de minimis para las municiones, la tecnología aeroespacial o la tecnología espacial, que están controladas por el ITAR. En cuanto se instala un solo componente ITAR, se aplica el ITAR. Según el ITAR, una retransferencia se refiere a un artículo que se transfiere o vende a otro destinatario que no figura en la licencia original. Hay que solicitar la autorización de la Dirección de Controles Comerciales de Defensa antes de realizar una retransferencia, aunque sea fuera de Estados Unidos. El control de un artículo ITAR va más allá del proceso inicial de control de exportaciones y se extiende a todas las actividades a lo largo de su vida.
Incluso si una empresa no estadounidense no se dedica a ninguna exportación de defensa, sino que suministra exclusivamente al mercado nacional y tiene productos que incorporan algún componente controlado por el ITAR, o utiliza datos técnicos controlados por el ITAR en su fabricación, necesita tener un conocimiento exhaustivo del ITAR. Esta empresa no sólo debe poner en marcha medidas para controlar adecuadamente los productos y los datos técnicos controlados por el ITAR, sino que también debe asegurarse de que se dispone de la autorización adecuada del Departamento de Estado para trabajar con estos artículos.
Una empresa que maneja artículos controlados por EE.UU. tiene el deber de asegurarse de que implementa un sistema para gestionarlos dentro de los términos de la licencia o acuerdo aplicable. Además, para cumplir con el ITAR, una empresa debe ser capaz de demostrar que identifica y controla los artículos ITAR mientras están bajo su responsabilidad, y debe pasar información clave a lo largo de la cadena de suministro para garantizar que los bienes se identifican como controlados bajo el ITAR.